La Cámara de Apelaciones ha anulado una decisión judicial previa que había desestimado, sin un análisis profundo inicial, una solicitud urgente presentada por una persona que buscaba recuperar fondos transferidos por error.
El caso involucra dos transferencias bancarias por un total de $16.000.000, enviadas por equivocación a la cuenta de un comerciante de bebidas alcohólicas. La persona que realizó las transferencias se dedica a la venta de vehículos y argumentó que no existía ninguna razón comercial o de otro tipo que justificara dichos pagos.
Inicialmente, la persona afectada había solicitado a la justicia una “medida autosatisfactiva”. Este es un tipo de procedimiento judicial diseñado para obtener una solución rápida y definitiva a un problema urgente, como en este caso, la devolución del dinero enviado incorrectamente.
Sin embargo, el juez de primera instancia rechazó esta solicitud de forma preliminar (lo que se conoce como rechazo “in limine”), argumentando que existían otras vías legales generales para reclamar (como las basadas en el principio de “enriquecimiento sin causa”, que impide que alguien se beneficie injustamente a costa de otro) y ordenó cerrar el caso. El juez mencionó que la ley presume que toda obligación tiene una causa válida.
Al revisar esta decisión, la Cámara de Apelaciones (un tribunal de instancia superior) consideró que la demora en la devolución del dinero perjudica significativamente a quien realizó la transferencia errónea. Señaló que esta persona no puede disponer de sus fondos y, además, el valor de ese dinero disminuye con el tiempo debido a factores económicos.
El tribunal superior explicó que, si bien la ley contempla acciones generales contra el enriquecimiento sin causa, esto no necesariamente impide usar una vía más rápida y específica como la solicitada, si las circunstancias la hacen la más adecuada.
Por lo tanto, la Cámara de Apelaciones concluyó que, en una evaluación inicial y considerando los hechos presentados, la solicitud de una solución judicial urgente parece ser la vía más razonable y rápida en este caso. En consecuencia, anuló la decisión del primer juez y ordenó que el caso continúe su trámite para que la solicitud urgente sea debidamente analizada y resuelta.